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#Justicia – Qué es y qué no es el Principio de Oportunidad y la Justicia Restaurativa

Pelados y peladas, todxs podemos cometer un error, incluso cuando somos menores de 18 años. Cuando sucede, tenemos la chance de acudir a dos mecanismos de justicia: el Principio de Oportunidad y la Justicia Restaurativa. ¿Qué son?

Por: Mateo Yepes Serna

Sabemos que son dos temas complicados de entender, pero tranquilas y tranquilos, en Ciudad Morada estamos para explicarles de qué se tratan. 

Hablamos con Irma López, trabajadora social del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, y con Stefany Rodríguez, integrante de la unidad de Infancia y Adolescencia de la Fiscalía. Ellas nos explicaron, con palabras breves y en tres sencillos pasos, qué es la Justicia Restaurativa y el Principio de Oportunidad.

Principio de Oportunidad

Como su nombre lo indica, es una oportunidad para peladas y pelados que cometieron algún error con implicaciones judiciales. 

  1.  La persecución a nivel judicial no existirá porque la ley no estará mirando a ver cómo sancionarles; eso va a cesar, porque van a poder entrar a un programa donde se les oriente.
  2.  A medida que avancen en el proceso desde las instituciones miran las dificultades que tengan como adolescentes, como el consumo de drogas, porque esa puede ser la base del problema del comportamiento y desde el programa se te pueden brindar muchas opciones. Se brinda, además, atención médica y psicosocial. 
  3. La justicia no volverá a molestarlos. No los llamarán, no les dirán que quedaron con deudas pendientes en la justicia porque ya hicieron todo un proceso. Además, pueden recobrar esa relación de confianza con la sociedad y la familia, de que ustedes pueden hacer algo bueno, que tienen criterio y que pueden desarrollar pensamiento. 

De acuerdo con López, el Principio de Oportunidad consiste en dar una oportunidad de reconstruir un vínculo que por un error o un delito se rompió. 

Justicia Restaurativa

¿Cuál es la diferencia entre la justicia que juzga a los menores y la que juzga a los mayores? Esta última tiene un enfoque más castigador, mientras que la de menores, uno más restaurativo. Es decir, que lo más importante para las y los pelados infractores es el derecho a la inclusión social con medidas pedagógicas diferentes a las del sistema de adultos. Las sanciones, además, deben tener una finalidad protectora, educativa y restaurativa. 

Stefany Rodríguez, integrante de la unidad de Infancia y Adolescencia de la Fiscalía, nos explicó qué es y qué no es la Justicia Restaurativa:

¿Qué es?

  1. Lo que se hace con los adolescentes y con las víctimas es llegar a un acuerdo y, por medio de la pedagogía, buscar una solución alternativa a estos comportamientos.
  2. Se puede acercar a un tejido social o familiar que es lo más común, donde hay una fractura, una desconfianza.
  3. Y por último, que se pueden crear proyectos de mejora de metas y de proyectos individuales que se tienen para ellos.

¿Y qué no es?

  1. Las medidas no son con enfoque sancionatorio, no van a terminar en una cárcel, no serán maltratados.
  2. Tampoco es un castigo, sino una oportunidad de lograr cambios. De acuerdo con Rodríguez, de los 14 a los 18 años los pelados y peladas a veces no son tan conscientes de las consecuencias de sus actos. En la mayoría de edad sí, por eso cuando se trate de menores lo mejor es buscar como fin último la inclusión social y no el castigo. 

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